El Ministerio de Salud de Chile ha emitido nuevas instrucciones a través de la Subsecretaría de Salud Pública y la Subsecretaría de Redes Asistenciales con el fin de reforzar la aplicación de la Ley 21.030, que regula la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) en 3 causales.

El objetivo de esta instrucción, establecida mediante el Ord. 3400 de fecha 09.12.2024, es asegurar que todos los establecimientos de salud públicos y privados que brinden atención bajo esta normativa informen, entreguen y registren la información de manera clara, oportuna y accesible. Para ello, se establece el uso obligatorio de un tríptico informativo oficial que debe estar disponible para todas las personas que lo requieran.

¿Cuáles son las 3 causales de la Ley 21.030?

  1. Riesgo de vida de la mujer: La interrupción puede realizarse sin límite de semanas de gestación.
  2. Feto con patología incompatible con la vida fuera del útero: Sin límite de semanas de gestación para la solicitud de interrupción.
  3. Embarazo producto de una violación:
    • Para mujeres de 14 años o más, la interrupción se puede realizar hasta la semana 12 de gestación.
    • Para menores de 14 años, el plazo se extiende hasta la semana 14 de gestación.

¿Qué establece la nueva instrucción?

  • Uso del tríptico informativo: Los establecimientos deben utilizar el tríptico informativo oficial, el cual está disponible para descarga digital.
  • Difusión y acceso a la información: Los profesionales de la salud deben informar, resolver dudas y registrar la entrega de la información a cada persona que lo solicite.
  • Registro de la entrega de información: Se deberá garantizar que la entrega de información sea debidamente registrada, cumpliendo con los requisitos legales.
  • Derecho a la información y acompañamiento: Las personas tienen derecho a recibir información respetuosa, clara y libre de prejuicios, además de contar con el acompañamiento de personas significativas durante la atención.

¿Dónde encontrar el tríptico informativo?

El tríptico informativo puede descargarse desde la sección de Documentos Técnicos de la plataforma del Departamento de Salud Pública y Epidemiología (DIPRECE), en la subsección Información para Profesionales de Salud de la Mujer.
Para acceder al tríptico directamente, puedes hacer clic en el siguiente enlace:
➡️ Descargar tríptico informativo Ley 21.030

Derechos de las personas durante la atención

Las personas tienen derecho a:

  • Ser escuchadas con respeto y sin prejuicios por el personal de salud.
  • Tomar decisiones de forma autónoma sobre su cuerpo y futuro.
  • Contar con un acompañante significativo durante la atención médica, de acuerdo con la Ley 21.372 (Ley Mila).
  • Acceso a alternativas de apoyo y acompañamiento a través de equipos de salud biopsicosocial.

¿Dónde se puede solicitar la interrupción del embarazo?

  • Sistema público: A través de la matrona o matrono en la atención primaria o en la urgencia ginecológica.
  • Sistema privado: Directamente con el médico tratante.
    En caso de que un profesional o institución se declare objetor de conciencia, la paciente debe ser derivada de inmediato, y los costos asociados a la derivación deberán ser asumidos por la institución que la deriva.

Apoyo y orientación

El programa de acompañamiento biopsicosocial ofrece orientación integral para quienes se encuentren en esta situación. Este programa es gratuito y voluntario, e incluye apoyo emocional, acompañamiento durante la decisión, asistencia legal y acceso a información de calidad. Además, existen alternativas de acompañamiento ofrecidas por la sociedad civil, entre ellas:

  • Corporación Miles
  • APROFA
  • Fundación Chile Unido (solo en casos de decisión de continuar con la gestación)

Acciones solicitadas a los establecimientos de salud

Se solicita a todos los establecimientos de salud públicos y privados que brinden atención en el marco de la Ley 21.030, que aseguren la correcta difusión y uso del tríptico informativo en todas sus instalaciones. Asimismo, se les invita a reforzar la comunicación con sus equipos de salud para asegurar que todas y todos los funcionarios estén debidamente informados sobre esta normativa.

Para más información, visita la sección de Documentos Técnicos en la página web de DIPRECE:
➡️ Accede a la Información para Profesionales de Salud de la Mujer